Por Daniel Costa y Jessica Herrera
Antes de que se diera inicio a la Convención Constituyente y con ella los pueblos originarios ocuparan espacios vinculantes en la creación de la nueva institucionalidad chilena, la noción del “Buen Vivir” se escapaba de cualquier discusión política. Nunca antes se habían realizado en Chile esfuerzos claros por definirlo, por describir su procedencia, por integrar su visión de armonía para los pueblos que habitan el país, ni mucho menos por buscar sus aplicaciones en la legislación chilena.
¿Qué es el “Buen Vivir”? ¿Podría ser parte del futuro de este país a través de su inclusión en la nueva Constitución? Primero quizá vale la pena mirar hacia afuera de las fronteras. Buscar naciones que han explorado el camino antes que Chile.
El “Buen Vivir” se convirtió en un modelo de vida para culturas originarias de Latinoamérica. Se le define como algo más que un concepto: es una práctica viva de creencias y virtudes que se comparten de generación en generación hasta llegar a los actuales indígenas. Es por antonomasia un modo de vida que se contrapone al liberalismo occidental y, por ende, se aplica a cada pueblo originario según su cosmovisión particular.
Se define el «Buen Vivir» como algo más que un concepto: es una práctica viva de creencias y virtudes que se comparten de generación en generación hasta llegar a los actuales indígenas.
Casi todas las culturas, dentro y fuera de Chile, han integrado ancestralmente este modo de vida, aunque es nombrado de distintas maneras. Dentro del mundo andino ecuatoriano se le conoce como Sumak Kawsay; en los aymaras de Bolivia como Suma Qamañaos; los guaranís de Bolivia y Paraguay lo enuncian como Ñande Riko o vida armoniosa, y los mapuches en Chile como Kyme Mogen. En Centroamérica, los tzeltales de Chiapas se refieren a la vida buena como Lekil Kuxlejal y los idiomas mayas de Guatemala lo traducen como Utzilãj K’aslemal.
En Ecuador y Bolivia, el Sumak Kawsay traspasó los límites de la política antes que en Chile. No sólo es un modo de vida entre las comunidades indígenas. También es un concepto que fue incorporado a la Constitución ecuatoriana de 2008 como una guía para transformar la región, mejorar las condiciones de vida y proteger la biodiversidad. Ecuador creó un Plan Nacional del Buen Vivir, que se enfoca en el bienestar de las personas y en devolver el tiempo de manera más humana para evitar la explotación de por vida a cambio de la acumulación de un capital.
CLAVES DEL «BUEN VIVIR»
Es un principio ampliamente utilizado por quienes componen la CC y sobre todo por los escaños indígenas. Cada pueblo originario tiene una visión diferente del concepto, definido por su cultura y cosmovisión particular. En general, es una visión del mundo centrada en el ser humano como parte de un entorno natural y social. En varias instancias se ha nombrado el Buen Vivir para definir la finalidad de una nueva Constitución que pueda satisfacer las necesidades, la calidad de vida, la muerte digna, la paz y armonía con la naturaleza y la prolongación indefinida de las culturas humanas. El concepto en quechua es “sumak kawsay”.
En el papel, el programa en la Constitución de Ecuador prometía el desarrollo en una sociedad donde las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gozaran de sus derechos, con parámetros claros de interculturalidad, con respeto a sus diversidades y en convivencia armónica con la naturaleza. Pero, en la práctica, nunca se logró: no fue posible compatibilizar los principios del Buen Vivir con su economía, ni se generaron estrategias para distribuir las riquezas de forma equitativa.
José Bonilla, columnista del diario ecuatoriano El Telégrafo, lo describe como una “manipulación de la Constitución con romanticismo político”, y sentencia que ve “con mucha tristeza, que se va a reproducir lo mismo que pasó en Ecuador en Chile”.

Para los pesimistas el «Buen Vivir» es un sueño cósmico, una utopía, una imagen imposible, que conjuga aspiraciones abstractas como la calidad de vida, el tiempo libre para la contemplación, el amar y ser amado, el tener una muerte digna y el respeto a la naturaleza en un contexto de sustentabilidad económica y prosperidad social.
Es muy posible pensar que el Sumak Kawsay sea una realidad viable solamente bajo la tutela poderosa de siglos de práctica indígena y no como pilar de una sociedad compleja y completa. Y es posible también que el occidentalismo haya calado agujeros tan profundos que los intentos de los 17 representantes de los pueblos originarios en el pleno constituyente chileno sean vanos.
Existe un factor relevante y objetivo, sin embargo, que desequilibra la balanza: en Ecuador y Bolivia los contextos políticos y económicos son distantes del chileno. En este país la necesidad de transformación se gestó desde la población descontenta y no desde el gobierno de turno, como si ha sucedido en aquellos países.
El «Buen Vivir», de todos modos, no es sólo consagrar derechos indígenas: se trata de repensar nuestro convivir como un todo. Para ello, es necesario interculturalidad, plurinacionalidad y reconstrucción. Esos tres factores están latiendo hoy en el camino constituyente.
«(En Ecuador) manipularon la Constitución con romanticismo político. Veo, con mucha tristeza, que se va a reproducir lo mismo que pasó en Ecuador en Chile». José Bonilla
Los representantes de los 17 escaños reservados han utilizado el concepto «Buen Vivir» como una finalidad transformadora en sus discursos en el pleno, e incluso desde antes en sus campañas políticas. El pueblo que mayor difusión le ha entregado a esta visión del «Buen Vivir» es el Mapuche.
Una de las primeras en incorporar esta visión en su campaña fue la actual presidenta de la CC, Elisa Loncon, quien a través de una “Propuesta para el Buen Vivir”, difundió esta visión a través de la incorporación de derechos fundamentales en la nueva Constitución.
Loncon sostiene que, para alcanzar la integración del «Buen Vivir» en la Constitución chilena, se deben asegurar al menos nueve derechos fundamentales:
Kiñe o Estado plurinacional
Epu o derecho a la autonomía y libre determinación
Küla o derecho a la tierra, el territorio y los bienes comunes
Meli o derechos de las mujeres
Kechu o derechos culturales y propiedad intelectual
Kayu o protección a la niñez y adolescencia mapuche
Regle o derechos lingüísticos y educativos.
Pura o derechos colectivos
Aylla o jerarquía normativa de los tratados de Derechos Humanos del Convenio 169.
Aunque recién se inicie un camino para integrar la visión de los pueblos en la discusión pública, en rigor Chile está desde hace más de una década obligado a ponerse al día con los derechos de la población indígena, que según el censo representa el 12% de las 19 millones de personas que viven el país. El Congreso Nacional aprobó el Convenio 169 el 15 de septiembre de 2009 y desde entonces forma parte de la legislación chilena. Δ